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¿Es posible comprar una casa en España durante el Estado de Alarma?

von María José García Garrido

Comprar una casa durante el Estado de Alarma es posible a pesar de las limitaciones de movilidad decretadas por el Gobierno. El Real Decreto que recoge las medidas como consecuencia del COVID-19 no prohíbe la compraventa de viviendas. Sin embargo, en la práctica resulta complicado realizar algunos trámites propios de este tipo de operaciones, aunque no es imposible.

Algunas preguntas que nos plantean nuestros clientes son:

  • ¿Puedo desplazarme para firmar la escritura de compra venta?
  • ¿Podría perder las arras si no firmo la compra venta en el plazo previsto en el contrato de arras?
  • ¿Es posible resolver el contrato de arras sin penalización?

Si usted se encuentra en pleno proceso de compra de una casa, le invitamos a seguir leyendo.

La clave para comprar una casa durante el Estado de Alarma

Desplazarse hasta el notario supone un acto prohibido por el Estado de Alarma.

Entonces, ¿cómo voy a cumplir con mi obligación de ejecutar la venta dentro del plazo si no puedo desplazarme a firmar la escritura de compra?

Como podrá comprobar, en algunos casos ese desplazamiento puede ser justificado. Así que sí es posible.

La clave para firmar la escritura de compraventa está en:

  • Determinar si la firma de la compraventa de la vivienda es urgente.
  • Si las partes están de acuerdo en firmar a pesar de las circunstancias.

El Notario y su asesor o representante legal podrán aclarar la urgencia de su caso y, en consecuencia, se decidirá si la firma es inaplazable o puede esperar.

Además, su abogado puede firmar por usted mediante poder de representación. Esto le abre más posibilidades para poder realizar la deseada compra.

Según la Ley Hipotecaria, la intervención notarial es un trámite obligatorio para la compra de la vivienda. Y esto es así porque como comprador usted tiene que ser debidamente informado por el notario sobre las condiciones de la operación.

Las notarías no han cerrado puesto que se consideran actividades esenciales. Ahora bien, dadas las restricciones de circulación, los notarios sólo están atendiendo aquellas actuaciones de carácter urgente y aquéllas operaciones en las que las partes están conformes en firmar a pesar de las circunstancias.

Lo recomendable es ponerse en contacto telefónico con la notaría para realizar la consulta.

El hecho de estar citado en una notaría es justificativo para realizar ese desplazamiento.

Por supuesto, deberá cumplir con las medidas sanitarias recomendadas por las Autoridades.

¿Con el estado de alarma quedan suspendidos los plazos de vencimientos de los contratos de arras?

Si se encuentra inmerso en un proceso de compra, firmó un contrato de arras y éste está a punto de llegar a su vencimiento, debe mover ficha.

Los plazos de los contratos de arras no han quedado suspendidos por el estado de alarma.

Lo que estamos haciendo por nuestros clientes que no tienen urgencia en firmar la compra de la casa es negociar con el vendedor la suspensión de la venta.

Nuestro bufete está facultado para representar a nuestros clientes mediante poderes sin que ellos deban siquiera comparecer ante notario. Así les facilitamos la vida.

¿Qué hacer si el contrato de arras llega a su vencimiento y no puede desplazarse hasta el notario para firmar?

Nuestra recomendación es firmar un Anexo al contrato de arras para acordar la suspensión de la operación por fuerza mayor prorrogando dicho plazo hasta que finalice el Estado de Alarma y la vida vuelva, de algún modo, a la normalidad.

Si bien es cierto se deberá tener en cuenta las cláusulas de su contrato de arras y las propias circunstancias del país del comprador.

¿Es posible resolver el contrato de arras sin penalización?

No es posible alegar la situación actual para resolver el contrato de arras.

Para no poder cumplir con el contrato de arras deben existir motivos reales provocados por el Estado de Alarma que impidan llevar a cabo la operación. Ahora bien, tendrá que demostrar las razones que le imposibilitaron cumplir con su obligación.

No obstante, como decimos siempre es posible llegar a un acuerdo con el vendedor para aplazar la venta. E insistimos en que se deberá estar a la redacción de su contrato de arras.

Normalmente la penalización en los contratos de arras que no sean ejecutados es del 10%.

Como decimos, la única vía es aplazar la firma acordando mediante un Anexo al contrato.

¿Es un buen momento para comprar una vivienda?

Todo apunta a que a corto - medio plazo será un buen momento para la inversión inmobiliaria.

Ya sabe que en toda crisis siempre surgen oportunidades.

Ante este panorama el esperado ajuste del precio a la baja llegará como consecuencia del aumento del PIB y del desempleo.

Tanto es así que los expertos inmobiliarios ya están anunciando la bajada de precios en la vivienda, previendo una caída del precio de entre un 8% y un 10%.

Si usted desea vivir en una de las zonas más prestigiosas de la Costa Mediterránea y disfrutar de una vida relajada junto al mar, ahora es un buen momento para plantearse invertir en una segunda residencia o jubilarse aquí.

Si tiene cualquier duda al respecto, puede ponerse en contacto con nosotros.

Autorin:

María José García Garrido
Abogada (Spanische Anwältin)

Kontakt:

Kanzlei García-Garrido
Avda. del Pla 130, 1º piso, oficina 1.05
E-03730 Jávea (Prov. Alicante)
Tel. 0034 96 646 08 58
Tel. 0034 96 646 08 59
E.Mail: javea@garciagarrido.com
Internet: www.garciagarrido.com

Bildquelle: © terng99 - Adobe Stock

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